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sábado, 7 de mayo de 2011

Doctrina Social de la Iglesia (III) de la autoría de Jorge Siles Salinas, historiador y ex-diplomático actualiza su visión en un tema apasionante

No siempre se da pleno acuerdo entre los expositores de la doctrina social católica en un punto relacionado con el principio de subsidiaridad. ¿A qué noción debe concederse la primacía en esa doctrina, a la idea del bien común o al principio de subsidiaridad?

A juicio del sociólogo Antonio Perpiñá, comentarista de la Mater Magistra, el principio de subsidiaridad está en todo caso supeditado a la idea del bien común, supuesto primordial y objetivo básico de toda relación inspirada en la filosofía social católica, si bien una y otra noción deben reconocer como suprema aspiración del pensamiento cristiano la afirmación plena e indiscutible de la dignidad de la persona humana.

En otra perspectiva se sitúa el catedrático Álvaro D’Ors. En su Introducción al estudio del Derecho expone la tesis siguiente: “El bien común no es la utilidad del Estado o de la mayoría de los miembros, sino la composición armónica de cada uno de ellos. El principio de subsidiaridad no puede quedar limitado por razones de bien común, pues el bien común consiste primordialmente en la observancia del principio de subsidiaridad.” No puede haber conflicto, por lo tanto, entre una y otra noción, antes bien el recto entendimiento de lo que es el “Bonum Commune” supone la idea de que son precisamente los individuos y los grupos sociales libres lo que, en su orgánica relación y concertado funcionamiento, dan desarrollo y consistencia a aquel principio. En otras palabras: sin grupos intermedios, sin libertad, sin autonomía individual, no es posible el bien común.

Muchos y graves errores se derivan, ciertamente, de la tosca suposición en que incurren frecuentemente algunas personas de buena fe al pensar que el bien común es lo mismo que la Utilidad del Estado. El concepto de bien común es más amplio que el concepto de Estado. Como asimismo, el concepto de bien es más amplio que el concepto de utilidad. El Estado es uno más de los elementos indispensables con que la sociedad debe contar, pero, por muy alto que sea su destino, por muy extendido que se halle su poder con arreglo al tecnicismo y a la socialización de la época presente, no por ello debe atribuírsele un papel exclusivo, absorbente y monopolizador de la vida social. Siempre será una verdad decisiva aquel pensamiento expuesto por Pío XI en 1939, en medio de una Europa que parecía marchar derechamente hacia el totalitarismo: “en el plan del Creador, la sociedad es un medio natural del que el hombre puede y debe servirse para la consecución de su fin, pues la sociedad humana existe para el hombre y no al revés”

Ambas ideas, tanto la que se refiere a la necesaria existencia de los cuerpos intermediarios como la que habla del principio de subsidiaridad, aun cuando han sido sistematizadas modernamente al irse formando de un modo progresivo el conjunto orgánico de la doctrina social católica, tienen, sin embrago, muy antiguos antecedentes en la tradición filosófica cristiana. Así, leemos en el autor actual Joseph Hoffner que “ya Tomás de Aquino toca el tema de la subsidiaridad cuando dice que la exagerada unificación y uniformidad amenaza la existencia de la sociedad compuesta por muchas estructuras, exactamente lo mismo que desaparecen las sinfonías y armonía de las voces cuando todas cantan en el mismo tono.”

La filosofía social del cristianismo ha atendido, pues, siempre al pluralismo, nunca a la “exagerada unificación y uniformidad”. En nuestros días todo conspira, sin embargo, a estos últimos objetivos, esto es, al estatismo totalitario. Esta tendencia presenta signos más graves y perturbadores sobre todo en las sociedades no muy bien constituidas como la nuestra, en las que se advierte al mismo tiempo la fuerza de expansión cada vez más incontenible del Poder Público y el continuo debilitamiento de los grupos sociales intermedios.

Antonio Perpiñá advierte que no sólo debe denunciarse la presión amenazante del Estado sobre las instituciones intermedias, sino también los peligros que para los individuos encierra la fuerza cada vez mayor que esas mismas instituciones intermedias suelen presentar en la actualidad. Así, los partidos, los sindicatos, las empresas capitalistas, adquieren a veces dimensiones tales o bien exhiben una capacidad absorbente tan devastadora para la libertad y los individuos, que sus peligros son casi tan graves como los que habitualmente se atribuyen al poder total del Estado moderno.

Juzgamos, sin embargo, que de ningún modo puede compararse el tremendo poder, el ilimitado poder del Estado de nuestros días con el de las agrupaciones intermedias, por desmesurado que sea el crecimiento de éstas. Por lo pronto, el Estado es hoy un peligro tanto para los individuos como para las instituciones intermedias. Pero, además, y esto es lo decisivo, el poder del Estado tiende a asumir en nuestro tiempo una fuerza que quisiera parecerse a la divina. El Estado convertido en mito, el Estado totalitario, tal como ha existido o existe en la Alemania nazi, en Rusia, en China, en Cuba, en Corea del Norte, pretende erigirse en el lugar antaño reservado a Dios.

Consciente de los peligros que esta situación encierra para la dignidad y la libertad del hombre, el pensamiento pontificio propone un antídoto eficaz, una fórmula de mesura y de orden que queda enunciada en los sugestivos planteamientos de la doctrina de la subsidiaridad. La formulación gráfica de este concepto podría representarse en un triángulo: en el ápice, el Estado; en la línea de base, los individuos; y en todo el espacio interior, los cuerpos intermedios que forman el tejido social. Esta es la realidad natural a la que debiera aspirar toda sociedad orgánica. La disfunción ocurre cuando el Estado adquiere un poder tan desmedido que llega a constituirse en poder totalitario que aniquila las instancias inferiores, convirtiendo el todo social en una realidad uniforme y sometida; o bien, cuando uno de los cuerpos intermedios (p.ej. el poder sindical, o bien un poderoso y dominador consorcio minero, o bien un exitoso partido político) se convierte en un Superestado que domina al conjunto social; o bien, cuando los individuos que forman la base de la sociedad caen en la anarquía, siendo capaces de borrar en su integridad la estructura interna del cuerpo social, en el que desaparece toda forma de legalidad o de ordenación normativa.

La doctrina de la subsidiaridad tiende, precisamente, a aportar los elementos que permitan mantener la relación de equilibrio ideal entre el Estado, los cuerpos intermedios y los sujetos individuales de la organización social.

Jorge Siles Salinas. Miembro de las Academias Bolivianas  de la Historia y de la Lengua,  
correspondientes a las Reales Academias españolas.
 

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